Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000001-2024/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


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PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

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FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  RECTIFICACIÓN DOMICILIO DE MAYOR DE EDAD
 
Objetivo del Trámite:  Para cuando el titular de la inscripción varía la declaración de su domicilio. 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Ficha Registral, suscrita por el declarante con carácter de Declaración Jurada.
 2   Para acreditar la existencia de la dirección debe sustentarse conforme a lo señalado en el Anexo N°3.
 3   Recibo de Pago por Derechos Administrativos.
 4    - En caso de trámites de menores de edad hasta antes de los diecisiete (17) años: El declarante debe exhibir el DNI; tratándose de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte O Cédula de Identidad. La entrega del DNI se dará a los padres o declarantes.

- Se solicitará la entrega del DNI, el cual será inutilizado en presencia del Titular o declarante, y en caso de extravío firmará una Declaración Jurada.
 
Pasos a seguir:  
 1   El Ciudadano o la Ciudadana se presenta con los requisitos en una Agencia RENIEC.
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 S/. 21,00 Nuevos Soles
(Emisión de DNI: En el territorio nacional y en el extranjero 0.5676% UIT)  
 
Calificación:  Silencio Negativo - 15 días

Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. 
 
Inicio del Trámite:  Oficina Registral RENIEC o Agencias RENIEC. 
 
Unidad que evalúa el trámite:  Sub Gerente de Procesamiento de Identificación. 
 
Informes sobre el estado del Trámite:  Agencias RENIEC
Aló RENIEC 0800-11-040
Página Web (www.reniec.gob.pe)
Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe 
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Sub Gerente de Procesamiento de Identificación. 
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:  RECONSIDERACIÓN

Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Gerencia de Registros de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. 
 
Base Legal:  Decreto Supremo N° 015-98 PCM Reglamento de Inscripciones Literal d) del Artículo 91° Fecha de publicación : 25.04.98

Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Literal d) y e) del Art. 7° Fecha de publicación : 12.07.95 Decreto Supremo N° 022-99-PCM. 
 
Observaciones:  (**) Este Trámite es GRATUITO para las personas con discapacidad. 
 



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