Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150
Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140
Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.
FICHA DEL TRÁMITE | ||||||||||||||||||||||||
Nombre del Trámite: | RECTIFICACIÓN DEL ESTADO CIVIL POR DECLARACIÓN INDEBIDA DEL TITULAR | |||||||||||||||||||||||
Objetivo del Trámite: | Para rectificar el estado civil cuando se acredita la declaración indebida del titular de la inscripción respecto de ese dato en la vía judicial o administrativa. | |||||||||||||||||||||||
Documentos a Presentar: |
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Pasos a seguir: |
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Donde se realiza el trámite: |
Departamento: LIMA Provincia: LIMA Distrito: LIMA Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico Teléfono: 315-2700 Correo: consultas@reniec.gob.pe |
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Costo UIT S./ : | S/. 22,00 Nuevos Soles (**) (0,6111% de la UIT) | |||||||||||||||||||||||
Calificación: | Silencio Negativo - 30 días Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. | |||||||||||||||||||||||
Inicio del Trámite: | Agencias RENIEC | |||||||||||||||||||||||
Unidad que evalúa el trámite: | Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación | |||||||||||||||||||||||
Informes sobre el estado del Trámite: | Agencias RENIEC Aló RENIEC 0800-11-040 Página Web (www.reniec.gob.pe) Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe | |||||||||||||||||||||||
Instancia que resuelve el Trámite: | Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación | |||||||||||||||||||||||
Instancia que resuelve recurso impugnatorio: | Gerencia de Procesos | |||||||||||||||||||||||
Base Legal: | Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC D.S. N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC Resolución Jefatural N° 114-2006-JEF/RENIEC que aprueba el TUPA de RENIEC Resolución Jefatural Nº 342-2003-JEF/RENIEC | |||||||||||||||||||||||
Observaciones: | (**) Este Trámite es GRATUITO para las personas con discapacidad. | |||||||||||||||||||||||