Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Maria Antonieta Canales Moscoso
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: mcanales@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Olinda Victoria Echeandia Heredia
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: oecheandia@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


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PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

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FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  EXPEDICIÓN DE COPIA DEL PADRÓN ELECTORAL APROBADO
 
Objetivo del Trámite:  Procedimiento mediante el cual se entrega por una sola vez copia del Padrón Electoral aprobado para un proceso electoral específico; se entregará únicamente a los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes y Alianzas que para el efecto se constituyan, siempre que estén inscritos o tengan inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Solicitud dirigida a la Sub Gerencia de Actividades Electorales del RENIEC, consignando lo siguiente:
 1   Estar suscrita por el Presidente o Secretario General y el Personero Legal Titular o Alterno registrados por la organización política ante la ROP del JNE.
 1   Señalar el domicilio legal, incluyendo algún tipo de medio de comunicación (correo electrónico, teléfono, celular, fax, etc.).
 1   Describir claramente el Departamento-Provincia-Distrito, del cual se solicita la copia del Padrón Electoral.
 2   Constancia de acreditación expedida por el ROP del JNE de los Personeros Legales titular y alterno, así como la del Presidente y Secretario General de la Organización Política registrados ante dicha oficina.
 3   Constancia de Inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE.
 4   Un CD.
 5   - La entrega y recepción se efectúa bajo constancia a uno de los firmantes de la solicitud.

- La información podrá ser recogida por una tercera persona, para lo cual deberá presentar una carta poder simple suscrita por uno de los firmantes de la solicitud.
 
Pasos a seguir:  
 1   Los autorizados por ley solicitan copia del Padrón Electoral aprobado, ingresando el escrito por Trámite Documentario.
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 Gratuito.  
 
Calificación:  Silencio Negativo - 30 días

Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. 
 
Inicio del Trámite:  Trámite Documentario (Sede Institucional) o Jefaturas Regionales u Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC. 
 
Unidad que evalúa el trámite:  Sub Gerente de Actividades Electorales. 
 
Informes sobre el estado del Trámite:   
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Sub Gerente de Actividades Electorales. 
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:  RECONSIDERACIÓN

Sub Gerencia de Actividades Electorales.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Gerencia de Operaciones Registrales.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.  
 
Base Legal:  Ley Nº 26859
Ley Orgánica de Elecciones
Artículo 197°
Fecha de publicación : 01.10.97.  
 
Observaciones:   
 



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