Responsable del Portal de Transparencia:Maria Antonieta Canales Moscoso
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: mcanales@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150
Responsable de acceso a la información:Olinda Victoria Echeandia Heredia
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: oecheandia@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140
| FICHA DEL TRÁMITE | ||||||||||||||||||
| Nombre del Trámite: | EXPEDICIÓN DE COPIA DEL PADRÓN ELECTORAL APROBADO | |||||||||||||||||
| Objetivo del Trámite: | Procedimiento mediante el cual se entrega por una sola vez copia del Padrón Electoral aprobado para un proceso electoral específico; se entregará únicamente a los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes y Alianzas que para el efecto se constituyan, siempre que estén inscritos o tengan inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). | |||||||||||||||||
| Documentos a Presentar: |
|
|||||||||||||||||
| Pasos a seguir: |
|
|||||||||||||||||
| Donde se realiza el trámite: |
Departamento: LIMA Provincia: LIMA Distrito: LIMA Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico Teléfono: 315-2700 Correo: consultas@reniec.gob.pe |
|||||||||||||||||
| Costo UIT S./ : | Gratuito. | |||||||||||||||||
| Calificación: | Silencio Negativo - 30 días Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. | |||||||||||||||||
| Inicio del Trámite: | Trámite Documentario (Sede Institucional) o Jefaturas Regionales u Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC. | |||||||||||||||||
| Unidad que evalúa el trámite: | Sub Gerente de Actividades Electorales. | |||||||||||||||||
| Informes sobre el estado del Trámite: | ||||||||||||||||||
| Instancia que resuelve el Trámite: | Sub Gerente de Actividades Electorales. | |||||||||||||||||
| Instancia que resuelve recurso impugnatorio: | RECONSIDERACIÓN
Sub Gerencia de Actividades Electorales. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. APELACIÓN Gerencia de Operaciones Registrales. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. | |||||||||||||||||
| Base Legal: | Ley Nº 26859 Ley Orgánica de Elecciones Artículo 197° Fecha de publicación : 01.10.97. | |||||||||||||||||
| Observaciones: | ||||||||||||||||||