Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


Ver administradores de la información

PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

Regresar



FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO POR INMINENTE PELIGRO DE MUERTE
 
Objetivo del Trámite:  Para la inscripción de los matrimonios celebrados en caso de inminente peligro de muerte, siempre que ésta ocurra en un plazo no mayor al año contado desde la celebración de dicho acto, según el Artículo 268º del Código Civil. 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Solicitud suscrita con carácter de Declaración Jurada.
 2   Acta de Matrimonio celebrado por el párroco.
 3   Exhibir el DNI del peticionante; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte.
 
Pasos a seguir:  
 1   El o la Cónyuge se presenta con los requisitos en una Oficina Registral RENIEC.
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 GRATUITO  
 
Calificación:  Silencio Negativo - 10 días

Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. 
 
Inicio del Trámite:  Oficina Registral RENIEC  
 
Unidad que evalúa el trámite:  Jefe de Oficina Registral RENIEC.  
 
Informes sobre el estado del Trámite:  Oficina Registral RENIEC
Aló RENIEC 0800-11-040
Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe 
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Jefe de Oficina Registral RENIEC.  
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:  RECONSIDERACIÓN

Oficina Registral RENIEC.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Jefatura Regional.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

REVISIÓN

Gerencia de Registros Civiles.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. 
 
Base Legal:  Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Literal b) del Artículo 7º Fecha de publicación : 12.07.95

Decreto Legislativo Nº 295 Código Civil Artículo 268º Fecha de publicación : 25.07.84  
 
Observaciones:   
 



 Un momento por favor