Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


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PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

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FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN INCONCLUSA
 
Objetivo del Trámite:  Se realiza cuando el ciudadano no efectuó oportunamente su cambio domiciliario o rectificación de nombres y/o apellidos, y siempre que su inscripción originaria se encuentre excluida en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN). 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Formato de Solicitud dirigida a la Sub Gerencia de Depuración de Identificación suscrita con carácter de Declaración Jurada.
 2   Original de la resolución o memorándum autoritativos para la reinscripción o Declaración Jurada de no haber concluido el trámite de cambio domiciliario o rectificación de nombre.
 3   Ficha Decadactilar.
 4   Recibo de Pago por Derechos Administrativos.
 
Pasos a seguir:  
 1   El Ciudadano o la Ciudadana se presenta con los requisitos en una Agencia RENIEC.
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 S/. 36,60 Nuevos Soles
(0.9892% UIT.)  
 
Calificación:  Silencio Negativo - 30 días

Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. 
 
Inicio del Trámite:  Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC 
 
Unidad que evalúa el trámite:  Sub Gerente de Depuración de Identificación. 
 
Informes sobre el estado del Trámite:  Agencias RENIEC
Aló RENIEC 0800-11-040
Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe 
 
Instancia que resuelve el Trámite:  RECONSIDERACIÓN

Sub Gerencia de Depuración de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Gerencia de Registros de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. 
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:  Gerencia de Registros de Identificación. 
 
Base Legal:  Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 26º Fecha de publicación :12.07.95

Decreto Ley N° 14207 Artículos 67º y 80º Fecha de publicación : 27.09.62 
 
Observaciones:   
 



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