Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


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PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

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FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN EFECTUADA CON DOCUMENTO DISTINTO AL EXIGIDO POR LEY O AUSENCIA DE ALGUNO DE ELLOS
 
Objetivo del Trámite:  Se realiza cuando el ciudadano registra en el archivo manual que la inscripción la obtuvo con un documento de sustento que no era el exigido por la ley o sin la presentación de éste, siempre que se encuentre excluido en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN). 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Formato de Solicitud dirigida a la Sub Gerencia de Depuración de Identificación suscrita con carácter de Declaración Jurada.
 2   Original o copia certificada y copia simple del documento de sustento omitido.
 3   Ficha Decadactilar.
 4   Recibo de Pago por Derechos Administrativos.
 5    - Sólo se requerirá la original y copia simple de la Libreta Militar a quienes la posean.

- Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936 pueden sustentar la habilitación con la Partida de Bautizo.

- Las personas casadas antes del 04 de octubre de 1930 pueden acreditar el estado civil de casado con el Acta de Matrimonio Religioso.

- Ambos documentos deberán estar certificados por el Notario Eclesiástico.
 
Pasos a seguir:  
 1   El Ciudadano o la Ciudadana se presenta con los requisitos en una Agencia RENIEC.
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 S/. 37,30 Nuevos Soles
(1.0081% UIT.)  
 
Calificación:  Silencio Negativo - 30 días

Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. 
 
Inicio del Trámite:   Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC. 
 
Unidad que evalúa el trámite:  Sub Gerencia de Depuración de Identificación 
 
Informes sobre el estado del Trámite:  Agencias RENIEC
Aló RENIEC 0800-11-040
Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe 
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Sub Gerencia de Depuración de Identificación 
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:  RECONSIDERACIÓN

Sub Gerente de Depuración de Identificación

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Gerente de Registros de Identificación

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. 
 
Base Legal:  Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 26º Fecha de publicación : 12.07.95

Decreto Ley N° 14207 Artículos 67º y 80º Fecha de publicación : 27.09.62 
 
Observaciones:   
 



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