Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150
Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140
Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.
FICHA DEL TRÁMITE | ||||||||
Nombre del Trámite: | PARA ACTAS REGISTRALES INCORPORADAS AL RENIEC O EMITIDAS POR OFICINAS REGISTRALES RENIEC | |||||||
Objetivo del Trámite: | Procedimiento mediante el cual se deja sin efecto una inscripción registral. | |||||||
Documentos a Presentar: |
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Pasos a seguir: | ||||||||
Donde se realiza el trámite: |
Departamento: LIMA Provincia: LIMA Distrito: LIMA Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico Teléfono: 315-2700 Correo: consultas@reniec.gob.pe |
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Costo UIT S./ : | S/. 43,80 Nuevos Soles (1.1838% UIT.) | |||||||
Calificación: | Silencio Negativo - 10 días Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. | |||||||
Inicio del Trámite: | Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC o Sub Gerencia de Depuración de Registros Civiles. | |||||||
Unidad que evalúa el trámite: | Sub Gerente de Depuración de Registros Civiles. | |||||||
Informes sobre el estado del Trámite: | ||||||||
Instancia que resuelve el Trámite: | Sub Gerente de Depuración de Registros Civiles. | |||||||
Instancia que resuelve recurso impugnatorio: | RECONSIDERACIÓN
Sub Gerencia de Depuración de Registros Civiles. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. APELACIÓN Gerencia de Registros Civiles. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. | |||||||
Base Legal: | Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Literal b) del Artículo 7º Fecha de publicación : 12.07.95. Decreto Supremo N° 015-98-PCM Reglamento de Inscripciones Literal b) y c) del Artículo 77° Fecha de publicación : 25.04.98. | |||||||
Observaciones: | ||||||||