Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


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PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

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FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  CERTIFICACIÓN DE NOMBRES IGUALES
 
Objetivo del Trámite:  Contiene el número de grupo de votación, número del DNI, nombre, estado civil, grado de instrucción, sexo, lugar de inscripción, fecha de nacimiento, restricciones, lugar de nacimiento, nombres de los padres, documento de sustento, estatura y/o imagen (foto, firma e impresión dactilar). Esta certificación se emite en positivo cuando existe información o en negativo cuando no existe la inscripción sobre la que se solicita información. Adicionalmente, incluye fecha de nacimiento, grado de instrucción, lugar de inscripción, restricción, sexo, estado civil y grupo de votación de las personas con apellidos iguales y al menos un prenombre igual a los del titular. 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Formato de Solicitud suscrita con carácter de Declaración Jurada.
 2   Exhibir el DNI del solicitante; en caso de extranjeros original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte.
 3   Recibo de Pago por Derechos Administrativos.
 
Pasos a seguir:  
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 Para personas naturales y jurídicas:
S/. 10,20 Nuevos Soles
(0.2757% UIT.)  
 
Calificación:  Automática - Inmediato

Cuando el cumplimiento de los requisitos solicitados es suficiente para dar por cumplido el trámite o servicio solicitado. 
 
Inicio del Trámite:  Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC.  
 
Unidad que evalúa el trámite:  Jefe Regional.  
 
Informes sobre el estado del Trámite:   
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Jefe Regional.  
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:   
 
Base Legal:  Ley N° 26497
Orgánica del RENIEC
Literal c) del Artículo 7º
Fecha de publicación : 12.07.95 
 
Observaciones:   
 



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