Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


Ver administradores de la información

PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

Regresar



FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN
 
Objetivo del Trámite:  Contiene información respecto a los datos identificatorios de los titulares de las inscripciones que obran en el RUIPN. Para solicitar la certificación de las Partidas de Inscripción Electoral de 8 ó 7 dígitos el recurrente debe proporcionar el número de la inscripción cuya certificación se solicita. Si el titular de la inscripción aún no obtuvo el DNI, la certificación contiene la imagen de la Partida de Inscripción Electoral. Esta certificación se emite en negativo cuando no exista la inscripción sobre la que se solicita información. 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Para personas naturales o jurídicas:
 1   Formato de Solicitud suscrita con carácter de Declaración Jurada.
 1   Exhibir el DNI del solicitante; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte.
 1   Recibo de Pago por Derechos Administrativos.
 2   - En un plazo de 48 horas se entregarán las Certificaciones de las Partidas de Inscripción Electoral de 7 dígitos.
 
Pasos a seguir:  
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 Para personas naturales y jurídicas:
S/. 10,20 Nuevos Soles
(0.2757% UIT.)  
 
Calificación:  Automática - Inmediato

Cuando el cumplimiento de los requisitos solicitados es suficiente para dar por cumplido el trámite o servicio solicitado. 
 
Inicio del Trámite:  Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC.  
 
Unidad que evalúa el trámite:  Jefe Regional.  
 
Informes sobre el estado del Trámite:   
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Jefe Regional.  
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:   
 
Base Legal:  Decreto Supremo Nº 015-98-PCM
Reglamento de Inscripciones
Artículo 4º
Fecha de publicación : 25.04.98.

Ley N° 26497
Orgánica del RENIEC
Literal c) del Artículo 7º
Fecha de publicación: 12.07.95. 
 
Observaciones:   
 



 Un momento por favor