Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150
Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140
Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.
FICHA DEL TRÁMITE | ||||||||||||||||
Nombre del Trámite: | IMPUGNACIÓN DE DATOS REFERIDOS A LA IDENTIDAD | |||||||||||||||
Objetivo del Trámite: | Impugnación de Datos Referidos a la Identidad. | |||||||||||||||
Documentos a Presentar: |
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Pasos a seguir: | ||||||||||||||||
Donde se realiza el trámite: |
Departamento: LIMA Provincia: LIMA Distrito: LIMA Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico Teléfono: 315-2700 Correo: consultas@reniec.gob.pe |
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Costo UIT S./ : | Gratuito. | |||||||||||||||
Calificación: | Silencio Negativo - 30 Días Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. | |||||||||||||||
Inicio del Trámite: | Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC. | |||||||||||||||
Unidad que evalúa el trámite: | Sub Gerente de Depuración de Identificación. | |||||||||||||||
Informes sobre el estado del Trámite: | ||||||||||||||||
Instancia que resuelve el Trámite: | Sub Gerente de Depuración de Identificación. | |||||||||||||||
Instancia que resuelve recurso impugnatorio: | RECONSIDERACIÓN
Sub Gerencia de Depuración de Identificación. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. APELACIÓN Gerencia de Registros de Identificación. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. | |||||||||||||||
Base Legal: | Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 2º Fecha de publicación : 12.07.95
Decreto Ley N° 14207 Numeral 7) del Artículo 67º Fecha de publicación : 27.09.62 | |||||||||||||||
Observaciones: | ||||||||||||||||