Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Responsable del Portal de Transparencia:Iván Clerk Torres Chávez
Nombramiento: Resolución Jefatural N.° 000187-2022/JNAC/RENIEC
Correo: itorres@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1150

Responsable de acceso a la información:Sra. Natalye Zúñiga Caparó
Nombramiento: Resolución Jefatural N° 000092-2025/JNAC/RENIEC
Correo: nzunigac@reniec.gob.pe
Teléfono:3152700 - 1140


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PLANEAMIENTO / ORGANIZACION

Aquí encontrará los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.


TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ENTIDAD


RELACIÓN DE TRÁMITES HISTÓRICOS

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FICHA DEL TRÁMITE


Nombre del Trámite:  IMPUGNACIÓN DE DATOS REFERIDOS A LA IDENTIDAD
 
Objetivo del Trámite:  Impugnación de Datos Referidos a la Identidad. 
 
Documentos a Presentar:  
 1   Escrito fundamentado, adjuntando medios probatorios, dirigido a la Sub Gerencia de Depuración de Identificación, suscrito por el impugnante en el que se consignará con carácter de Declaración Jurada lo siguiente:
 1   Nombre del ciudadano o número de su DNI, cuya inscripción se impugna.
 1   Datos personales, domicilio procesal y firma o impresión digital, según corresponda, del impugnante.
 1   Motivo claro y preciso de la impugnación.
 2   Exhibir el DNI del impugnante; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte o Cédula de Identidad.
 3   Original y copia simple de los medios probatorios que sustentan la impugnación de la inscripción.
 4    - La impugnación se resolverá previa notificación al titular de la inscripción que se pretende impugnar.

- La notificación se realizará al domicilio consignado en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales.
 
Pasos a seguir:  
 
Donde se realiza el trámite:  Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
 
Costo
UIT S./ : 
 Gratuito.  
 
Calificación:  Silencio Negativo - 30 Días

Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. 
 
Inicio del Trámite:  Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC. 
 
Unidad que evalúa el trámite:  Sub Gerente de Depuración de Identificación. 
 
Informes sobre el estado del Trámite:   
 
Instancia que resuelve el Trámite:  Sub Gerente de Depuración de Identificación. 
 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio:  RECONSIDERACIÓN

Sub Gerencia de Depuración de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Gerencia de Registros de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. 
 
Base Legal:  Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 2º Fecha de publicación : 12.07.95

Decreto Ley N° 14207 Numeral 7) del Artículo 67º Fecha de publicación : 27.09.62  
 
Observaciones:   
 



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